Aula Financiera

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Si tú eres quien aporta la mayor parte de los ingresos al hogar, ¿sabes cómo proteger el futuro económico de tu familia?
¿QUÉ TIPO DE SEGURO ES EL MÁS COMPLETO PARA PROPORCIONAR UNA PROTECCIÓN INMEDIATA PARA TU FAMILIA SI FALTARAS?
Un seguro de accidentes.
Un seguro de vida - riesgo.
Un seguro de salud.
Un seguro de decesos.
¿QUÉ ES LA TASA DE SUSTITUCIÓN EN CASO DE FALLECIMIENTO?
La protección privada media a nivel europeo para los contratantes de un seguro de vida.
El porcentaje de tu último salario cotizado en activo que recibirían, en forma de pensión, los miembros de tu familia si tú fallecieras.
El tipo de revalorización anual aplicado a las pensiones de orfandad.
La primera y segunda afirmación son ambas correctas.
INDICA CUÁL DE LAS SIGUIENTES AFIRMACIONES ES CIERTA EN RELACIÓN A LA PENSIÓN PÚBLICA POR VIUDEDAD
La pensión máxima de viudedad para 2015 es de 733,80 euros.
Se abona solamente cuando se considere necesaria (cuando el cónyuge que ha enviudado no trabaja).
Tiene carácter temporal hasta que los hijos alcanzan la mayoría de edad y poseen recursos económicos propios suficientes.
Las dos primeras afirmaciones son correctas.
¿CÓMO TRIBUTA PARA LOS BENEFICIARIOS LA INDEMNIZACIÓN RECIBIDA POR UN SEGURO DE VIDA POR FALLECIMIENTO DEL ASEGURADO?
Desgrava mientras haces las aportaciones y no tributa cuando la reciben los beneficiarios.
Si el asegurado era trabajador por cuenta ajena, al recibir los beneficiarios la indemnización, tiene la consideración fiscal de ingreso del trabajo.
Los beneficiarios designados la reciben tributando en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
El tipo de tributo a aplicar (Impuesto sobre la Renta o Impuesto de Sucesiones y Donaciones) dependerá  de la legislación vigente en la comunidad autónoma en la que el asegurado tenía su residencia.
¿CUÁL DE LOS SIGUIENTES ASPECTOS DIFERENCIAN UN SEGURO DE VIDA DE UNO DE ACCIDENTES?
No hay ninguna diferencia, son sinónimos. La única diferencia es que el de accidentes tiene cobertura mundial y el seguro de vida está limitado al país de residencia del tomador.
El seguro de vida cubre el fallecimiento por cualquier causa (accidente o enfermedad) y el de accidentes no tiene cobertura por causa de enfermedad.
En el seguro de vida, las coberturas adicionales están limitadas, mientras que el seguro de accidentes tiene un carácter más amplio y se pueden contratar otras coberturas adicionales (hospitalización, baja diaria, asistencia sanitaria, etc.) 
En el caso del seguro de vida, es obligatorio cubrir también la invalidez absoluta y la permanente, mientras que en el de accidentes es opcional.
¿CÓMO PUEDO AVERIGUAR SI SOY BENEFICIARIO DE ALGUNA PÓLIZA DE VIDA CUANDO HA FALLECIDO ALGÚN FAMILIAR?
Salvo que lo haya determinado en testamento, no será posible que pueda ser beneficiario de un seguro de vida.
Debe preguntar a las aseguradoras principales o a las que se consideren de interés para averiguar si es beneficiario.
Es necesario solicitarlo al notario o al abogado para que investigue.
Existe un registro público de seguros de vida en el que se puede solicitar la información.
¿POR QUÉ CAMBIA LA PRIMA CADA AÑO EN MI SEGURO DE VIDA?
Porque la compañía ha tenido más fallecimientos (siniestros) de los que preveía y, por tanto, debe repercutirlo en sus clientes mediante el incremento del precio.
Debido a que los resultados económicos de la compañía aseguradora no han sido favorables y el supervisor estatal obliga que así sea.
Habitualmente, porque hemos contratado la modalidad más demandada donde la prima anual está ligada a tablas estadísticas de probabilidad de fallecimiento: según nos hacemos más mayores el riesgo de la mortalidad aumenta.
El capital asegurado experimenta una revalorización anual, unido al consiguiente aumento de la prima.
ADEMÁS DEL CAPITAL A CONTRATAR ¿CUÁLES SON LOS FACTORES DETERMINANTES PARA EL CÁLCULO DE LA PRIMA EN UN SEGURO DE VIDA RIESGO?
El sexo y la edad.
La edad, la profesión y el estado de salud.
La frecuencia de viajes, el sexo y la edad.
Todos los anteriores datos son tenidos en cuenta para el cálculo de la prima.
¿QUÉ ES LA INDISPUTABILIDAD DEL SEGURO DE VIDA?
En ningún caso pueden perjudicar al asegurado las omisiones de información que, sin mala fe (es decir, no intencionadamente), haya realizado cuando efectuó la declaración del seguro (el documento de solicitud o la declaración de salud) y que sirvieron para emitir la póliza de seguro de vida.
Que los beneficiarios de la póliza no pueden alterar las proporciones establecidas por la ley referidas a la parte legítima que les corresponde.
Que el capital asegurado debe pagarse a los beneficiarios dentro de las 48 horas siguientes al fallecimiento del asegurado.
Que, si no hay beneficiaros designados, el Estado ha de recibir el capital de la indemnización contratado.
¿CUÁNDO NO CUBRE UN FALLECIMIENTO EL SEGURO DE VIDA CONTRATADO?
En el caso de fallecer por causa de un terremoto.
Si se produce por causa de un conflicto armado.
No hay cobertura por fallecimiento ni en caso de terremoto ni en el de conflicto armado.
Siempre hay cobertura, incluso en caso de fallecer por  causa de terremoto o conflicto armado.